Reglas y consideraciones tributarias para ganancias del exterior - EDWARDS & Co.
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Reglas y consideraciones tributarias para ganancias del exterior

Reglas y consideraciones tributarias para ganancias del exterior

Por Franz Salazar Anccasi, Consultoría Legal y Tributaria .

Conforme al impuesto a la renta peruano, los ingresos percibidos del exterior se encuentran sujetos a tributación en el Perú de forma adicional. Así, los ingresos del exterior estarán sujetos, en primer orden, a retenciones conforme a la legislación extranjera y, adicionalmente, a tributación en el Perú bajo determinadas reglas normativas.

Un primer criterio es la tributación sobre renta neta; es decir, los ingresos percibidos del exterior podrán compensarse con todos aquellos gastos necesarios para producirlos o conservarlos. Por ejemplo, uno de esos gastos permitidos podría ser el impuesto retenido en el exterior que no califique como crédito tributario conforme al inciso e) del artículo 88 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.

Adicionalmente, se podrán compensar ganancias y pérdidas obtenidas con más de una jurisdicción geográfica, con excepción de las pérdidas obtenidas en países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición. El resultado constituirá renta o pérdida sujeta a tributación o no, según corresponda.

Por último, se podrá utilizar como crédito el impuesto pagado en el exterior siempre que el ingreso obtenido en el exterior no esté comprendido en los Artículos 9 al 12 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta y no exceda la denominada tasa media que se determina conforme a las reglas del inciso d) del Artículo 52 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta.

Si necesitas ayuda, en EDWARDS & Co. contamos con personal capacitado y actualizado en el tema que se encargará de ayudarte en el proceso de su interés.

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