01 Mar La Nula tributación internacional
Por Franz Salazar Anccasi, Socio de servicios de Consultoría Legal Tributaria y Precios de Transferencia.
La nula tributacion internacional surge cuando, en aplicación de un Convenio para Evitar la Doble Tributación multinacional, un Estado con capacidad impositiva no ejerce este derecho conforme a su legislación interna, y el otro Estado carece de autoridad tributaria según lo establecido en el convenio internacional.
Así, por ejemplo, las operaciones que se realicen en un estado contratante podrían encontrarse fuera del ámbito de aplicación del impuesto o, incluso, tener la calidad de exoneradas; mientras que para el otro estado se carecería de potestad para someter a tributación los beneficios generados.
También configurará nula tributacion internacional cuando los Estados contratantes discrepan en la interpretación de las normas tributarias. Por ejemplo, uno de los Estados contratantes podría interpretar que la autoridad tributaria recae exclusivamente en el otro Estado, mientras que este último podría entender que carece de potestad tributaria.
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